miércoles, 11 de noviembre de 2009

Definición de persona según San Agustín y Boecio

San Agustín
Éste diferencia entre la mismidad del yo, y las facultades o propiedades de la persona; sin que con ello establezca separación alguna entre la mismidad del yo y sus facultades y propiedades: pues es a través de ellas como el yo actúa, y las facultades son propias del yo, pertenecen a la persona.

Boecio
En el siglo VI definió a la persona como “sustancia individual de naturaleza racional”. Un comentario suficiente de esta definición seria largo y complejo y nos mostraría al final grandes deficiencias para pensar el ser personal de hombre como hoy podemos hacerlo. Una indicación más rica y mas cercana a nosotros acerca de la persona la encontramos en San Agustín.

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